Quienes trabajen el 1 de noviembre cobrarán el triple
Economía.
Los trabajadores en planilla que
trabajen el próximo miércoles 1 de noviembre tienen derecho a cobrar el
triple de su remuneración diaria.
Así
lo recordó la Cámara de Comercio de Lima, al precisar que los feriados
nacionales no laborables están regulados por el Decreto Legislativo N°
713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los
trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, y su
reglamento, el Decreto Supremo N° 012-92-TR.
Conforme
al artículo 8 del Decreto Legislativo 713 los trabajadores tienen
derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración
ordinaria que corresponde a un día de trabajo.
El
artículo 9 de este decreto agrega que, si el trabajador labora en día
feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tiene derecho al pago de
la remuneración diaria más una sobretasa del 100%.

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