Quienes trabajen el 1 de noviembre cobrarán el triple

Economía.
Los trabajadores en planilla que trabajen el próximo miércoles 1 de noviembre tienen derecho a cobrar el triple de su remuneración diaria.

Así lo recordó la Cámara de Comercio de Lima, al precisar que los feriados nacionales no laborables están regulados por el Decreto Legislativo N° 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, y su reglamento, el Decreto Supremo N° 012-92-TR.

Conforme al artículo 8 del Decreto Legislativo 713 los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.

El artículo 9 de este decreto agrega que, si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tiene derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100%.

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